Para poder optar a una plaza del Cuerpo de Profesores de Secundaria hay que cumplir una serie de requisitos, los cuales deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.
Instalaciones del centro: Educación Técnico Profesional
Av de la Libertad, 7 San Sebastián 20004 Guipúzcoa (España)
C/ JUAN ALVAREZ DE MENDIZABAL 1, 6º, 6 (PLAZA ESPAÑA) Madrid 00000 Madrid (España)
Plaza de Nuestra Señora del Carmen, 1 Zaragoza 50004 Zaragoza (España)
Calle del General Alava, 10 Vitoria-Gasteiz 01005 Álava (España)
C/ General Alava 10 Vitoria-gasteiz 01005 Álava (España)
Alameda Urquijo, 49-1º B Bilbao 48011 Vizcaya (España)
Temario del curso
PREPARACIÓN HASTA OBTENER LA PLAZA (LIMITE 3 AÑOS)
Grupos reducidos
Porcentaje de aprobados :95%
Temario actualizado a la convocatoria
Profesorado: especializado
Inicio todo el año, duración hasta obtener plaza
Horario: flexible a cada alumno
Garantía de preparación hasta obtener plaza, máximo 3 años
Material: incluido en el precio
REQUISITOS
Para poder optar a una plaza del Cuerpo de Profesores de Secundaria hay que cumplir una serie de requisitos, los cuales deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera, y que son los que te detallamos a continuación: Ser español, nacional de un país miembro de la Comunidad Europea o nacional de cualquiera de los Estados a los que en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halla definida en el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea. Tener cumplidos dieciocho años y no exceder en el momento del nombramiento como funcionario de carrera la edad establecida para la jubilación. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del Cuerpo al que se opta. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas. No ser funcionario de carrera o en prácticas del mismo Cuerpo al que se pretende optar. Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Doctor, Ingeniero, Arquitecto, Licenciado o equivalente a efectos de docencia. Según el Real Decreto 334/2004 de 27 de febrero, publicado en BOE 51 de 28 de febrero, se regulan las Titulaciones equivalentes a efectos de docencia para el ingreso en los siguientes cuerpos, recogidas en el Reglamento de Acceso, Ingreso y adquisición de Nuevas Especialidades de los cuerpos Docentes.