1.- Tener la nacionalidad española o la de alguno de los estados miembros de la Unión Europea o de alguno de los países que hayan suscrito un tratado internacional en los términos establecidos en la disposición adicional única de la Ley 17/1993, de 23 de diciembre.
2.- Tener cumplidos 18 años de edad, y no haber llegado a la edad de jubilación forzosa.
3.- Estar en posesión de lagunas de las titulaciones siguientes: Título de Bachiller Superior, Técnico de Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente.
4.- No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las funciones.
5.- No haber sido separado ni despedido, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.
6.- No estar condenado ni estar procesado, ni inculpado por delito doloso, a menos que hubiera obtenido rehabilitación.
Para qué te prepara
Trabajos propios de un administrativo en las distintas Consejerías y Organismos Públicos dependientes de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
REQUISITOS DE LOS CANDIDATOS 1.- Tener la
nacionalidad española o la de alguno de los estados miembros de la Unión
Europea o de alguno de los países que hayan suscrito un tratado
internacional en los términos establecidos en la disposición adicional
única de la Ley 17/1993, de 23 de diciembre, sobre el acceso a
determinados sectores de la función pública de los nacionales del resto de
los estados miembros de la Unión Europea.
2.- Tener cumplidos
18 años de edad, y no haber llegado a la edad de jubilación forzosa.
3.-
Estar en posesión de lagunas de las titulaciones siguientes: Título de
Bachiller Superior, Técnico de Formación Profesional de Segundo Grado o
equivalente.
4.- No padecer enfermedad ni estar afectado por
limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las
correspondientes funciones. Las personas que aleguen discapacidad, deberán
presentar, de acuerdo con la normativa vigente, un certificado del Equipo
Oficial de Valoración de Minusválidos del Instituto Balear de Asuntos
Sociales (IBAS) que acredite las condiciones personales de aptitud.
5.-
No haber sido separado ni despedido, mediante expediente disciplinario,
del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse
inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.
6.-
No estar condenado ni estar procesado, ni inculpado por delito doloso, a
menos que hubiera obtenido rehabilitación.
7.- El nivel de
conocimientos de lengua catalana exigible para el acceso al cuerpo
administrativo es el correspondiente al certificado B, de conformidad a lo
establecido en el artículo 2.1a del Reglamento que regula la exigencia de
conocimientos de lengua catalana en los procedimientos selectivos de
acceso a la función pública y para la ocupación de puestos de trabajo que
se convoquen en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de
las Islas Baleares, aprobado por el Decreto 162/2003, de 5 de septiembre.
ACTIVIDADES
QUE SE DESARROLLAN Trabajos propios de un administrativo en
las distintas Consejerías y Organismos Públicos dependientes de la
Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.